b) Cuando, estando en libertad de abandonar el territorio de la Parte a la que fue entregado, el inculpado haya permanecido en el más de cuarenta y cinco días sin hacer uso de esa facultad. Dudaslegislativas le ha brindado la oportunidad de compaginar su vocación jurídica con la pasión https://paises-sin-extradicion48023.idblogz.com/29101496/little-known-facts-about-extradición-méxico-españa